Es lo que se conoce como litigar en causa propia, posibilidad que está contenida en el artículo 33 del Código Procesal del Trabajo: SEPTIMO: Que la empresa demandada debe pagar a mi demandante la legitimación de moratoria contemplada en el art. 65 Del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el https://bookmarkingquest.com/story19835720/se-desconoce-datos-sobre-plazo-para-interponer-demanda-laboral