No, al tratarse de un procedimiento que se tramita de mutuo acuerdo, no es necesaria la celebración de querella, por ser las partes las que llegan a sus acuerdos en el convenio regulador, convenio que constará adjuntado en la resolución que dicte el Mediador. Se condena a la clínica https://detenzionestupefacentipen61479.blogthisbiz.com/35919666/5-hechos-fácil-sobre-abogado-descritos